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MIÉ, 21 OCT 2026
Economía

ANSES ofrece un reintegro parcial para los gastos funerarios de jubilados y pensionados

El Subsidio de Contención Familiar abona $15.000 por sepelio, cremación o inhumación, y puede solicitarse dentro del año siguiente al fallecimiento.

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Natalia RinaudoEconomía · · lectura 2 min
ANSES ofrece un reintegro parcial para los gastos funerarios de jubilados y pensionados

La Administración Nacional de la Seguridad Social paga un Subsidio de Contención Familiar de $15.000 a las familias o a las personas que hayan abonado los gastos de sepelio, cremación o inhumación de un jubilado o pensionado. Se trata de un pago único y parcial, no de la cobertura íntegra de la Catan funeralaria (ANSES).

Quién puede cobrar el beneficio

El subsidy tiene un orden de prioridad. En primer lugar, puede solicitarlo quien presente una factura a su nombre por el servicio funerario. Si no existe ese comprobante, la solicitud puede realizarla el viudo o conviviente, los hijos con derecho a pensión por fallecimiento o los herederos sin derecho a pensión, siempre que no haya otros reclamantes (ANSES).

El plazo para iniciar el trámite es de un año, contado desde la fecha del fallecimiento. Las personas que estén gestionando en forma simultánea una pensión por fallecimiento pueden solicitar el beneficio en el mismo momento.

  • Familiares con derecho a pensión por fallecimiento: deben presentar la resolución que acredita la prestación y el formulario PS.6.296.
  • Herederos sin derecho a pensión: deben completar los formularios PS.6.254, PS.6.258, PS.6.259 y PS.6.286, según corresponda.
  • En algunos casos, ANSES acepta constancias emitidas por cooperativas de energía, gremios, mutuales o compañías de seguros como documentación complementaria.

Cómo iniciar la gestión

La solicitud puede realizarse por Internet o de manera presencial. Para la gestión en línea, el interesado debe ingresar al portal de ANSES con su CUIL y Clave de la Seguridad Social, seleccionar la opción “Solicitud de Subsidio de Contención Familiar” y completar los pasos indicados. En ese trámite debe tener disponible la constancia de CBU bancaria y la documentación correspondiente (ANSES).

También es posible pedir un turno para concurricular a una oficina de ANSES. La documentación exigida varía según la calidad en la que se solicite el beneficio y la documentación exigida varía según la calidad en la que se solicite el beneficio.

El beneficio fue creado en 2006 y modificado en 2020 para ampliar los grupos que pueden acceder a él. El indicador economic a seguir es el monto de $15.000 frente a los gastos actuales de un sepelio, porque el pago representa un reintegro parcial y no cubre la totalidad de esos gastos.

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