Saltar al contenido
CBA AhoraCBA Ahora ⌕ Buscar
Dólar oficial $1.565,00 +0,32%Dólar blue $1.565,00 0,00%Dólar MEP $1.579,90 +0,31%Riesgo país 787 pb +6,21%
LUN, 02 NOV 2026
Economía

Dólares fuera del circuito bancario: cómo funciona el tope de 100 millones para ingresarlos con menos trámites

La UIF fijó reglas para bancos, billeteras, sociedades de bolsa y escribanos que reciben ahorros en dólares guardados fuera del sistema formal, con un umbral anual que define la diligencia exigida.

NR
Natalia RinaudoEconomía · · lectura 2 min
Dólares fuera del circuito bancario: cómo funciona el tope de 100 millones para ingresarlos con menos trámites

Quienes mantienen dólares fuera del sistema bancario pueden incorporarlos con trámites simplificados si adhieren al Régimen de Declaración Jurada Simplificada de Ganancias. La medida fija un tope de 100 millones de pesos anuales, equivalentes a unos 64.000 dólares al tipo de cambio oficial, para acceder a una diligencia reducida.

La Unidad de Información Financiera publicó una resolución que establece cómo deben proceder las entidades alcanzadas cuando un cliente adherido al régimen quiere depositar ahorros que mantuvo al margen del circuito formal. Entre ellas se mencionan bancos, billeteras virtuales, sociedades de bolsa y escribanos.

Por debajo del umbral

El punto central para el ahorrista común es el límite de 100 millones de pesos acumulados en el año calendario. Por debajo de ese monto, la entidad no puede exigir que se documenten todas las compras de divisas realizadas a lo largo del tiempo, ni tratar el depósito en efectivo como una señal de riesgo en sí misma. Se mantiene, en cambio, la obligación de identificarse y demostrar la adhesión al régimen.

Según explicó el abogado tributarista Diego Fraga, una persona que quiera ingresar ahorros equivalentes a 80 millones de pesos, sin otras operaciones computables en el año, no debería reunir los comprobantes de cada compra de divisas.

Por encima del umbral y excepciones

Cuando el monto supera los 100 millones, la evaluación se vuelve más amplia. La entidad deberá analizar el perfil del cliente, su actividad económica y la razonabilidad de la operación. Aun en ese caso, la adhesión al régimen simplificado debe computarse como antecedente favorable y no puede ignorarse mediante políticas internas genéricas.

  • Personas con exposición política.
  • Grandes contribuyentes nacionales.
  • Quienes presenten indicios objetivos de operaciones estructuradas para mantenerse artificialmente por debajo del tope anual.

La norma también incluye una cláusula de resguardo para las entidades: si aplican correctamente los criterios simplificados, ese proceder se considerará cumplimiento de sus obligaciones, aun cuando luego se determine que el cliente no reunía las condiciones. La excepción rige cuando la entidad conocía o debía conocer la situación irregular.

NR

Comentarios

0

Todavía no hay comentarios. Sé el primero.

Seguí leyendo

Viajar en el tiempo