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VIE, 16 OCT 2026
Policiales

Rige el nuevo régimen penal juvenil: la imputabilidad baja a 14 años y la pena máxima llega a 15 años de encierro

La ley 27.801 entró en vigencia este sábado, 180 días después de su publicación en el Boletín Oficial. Establece sanciones graduadas según la gravedad del delito y reserva la privación de libertad para los casos más graves. Al menos seis menores acusados de homicidio quedaron fuera del alcance de la norma.

DG
Daniela GigenaPoliciales y judiciales · · lectura 2 min
Rige el nuevo régimen penal juvenil: la imputabilidad baja a 14 años y la pena máxima llega a 15 años de encierro

El nuevo régimen penal juvenil para adolescentes en Argentina comenzó a regir este sábado, luego de cumplirse los 180 días desde la publicación de la ley 27.801 en el Boletín Oficial. La norma reduce la edad de imputabilidad de 16 a 14 años y diseña un esquema de sanciones graduadas en función de la gravedad del hecho, según fuentes judiciales.

La reforma mantiene la privación de libertad como una herramienta excepcional. Para los delitos más severos, entre ellos el homicidio, el texto prevé tres modalidades de cumplimiento: arresto domiciliario, internación en un instituto de régimen abierto o alojamiento en un centro especializado de detención.

Escala de penas y régimen de libertad condicional

La pena máxima aplicable a un menor de edad alcanza los 15 años. No obstante, la ley establece que dos tercios de la condena pueden cumplirse bajo libertad condicional, lo que reduce el encierro efectivo a un tope cercano a los diez años, de acuerdo con los parámetros fijados en el texto.

  • Delitos graves (homicidio y otros): arresto domiciliario, régimen abierto o centro especializado, con pena de hasta 15 años.
  • Delitos de menor gravedad (hurtos, robos sin armas): sanciones alternativas al encierro.
  • Robos agravados con armas de fuego: el juez puede reemplazar la prisión por tobilleras electrónicas, prohibición de concurrir a ciertos lugares o separación del entorno familiar si se acredita que ese ámbito fomenta la actividad delictiva.

Para aplicar una pena alternativa a la privación de libertad, el magistrado necesita un dictamen pericial favorable, la conformidad del Ministerio Público Fiscal y haber escuchado a la víctima. Además, el adolescente no debe tener condenas previas ni procesos con auto de procesamiento firme, según lo detallado en la norma.

Casos por fuera del nuevo régimen

Desde la sanción de la ley en el Congreso hasta su entrada en vigencia, al menos seis menores acusados de homicidio quedaron fuera del alcance del nuevo régimen porque cometieron los hechos antes de la puesta en marcha. Entre los expedientes que no alcanzará la ley figura el asesinato del cabo Cristian Gerez, de 36 años, ocurrido el 20 de julio en Loma Hermosa, provincia de Buenos Aires. Los dos imputados, identificados con iniciales y de 14 y 15 años, permanecen bajo custodia judicial pero no serán sometidos a proceso penal ni a condena, conforme a las disposiciones transitorias de la norma.

Bajo el esquema anterior, un menor considerado inimputable podía permanecer internado en un instituto hasta cumplir los 18 años, sin que quedara registro de antecedentes. Con la reforma, la situación de quienes cometan delitos a partir de los 14 años se modifica de manera sustancial. La próxima instancia clave será la implementación efectiva de los centros especializados y la definición de los protocolos de actuación por parte de la Justicia Penal Juvenil, tarea que quedará en manos de las provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

DG
Daniela GigenaPoliciales y judiciales

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